Cuando la fama no basta: cómo Lerroux ha logrado frenar a Marlboro y proteger el derecho a registrar una marca propia

En el competitivo terreno de la propiedad industrial, las grandes marcas cuentan con una ventaja evidente: su reputación. Pero, ¿significa eso que pueden bloquear cualquier nuevo registro que se les asemeje remotamente? La reciente decisión de la EUIPO en el asunto MANCHESTER UNITED KINGDOM vs. MARLBORO demuestra que no. Y Lerroux, una de las empresas EVAA de ADECA, tuvo el privilegio de representar al lado ganador.

Philip Morris, titular de una de las marcas de tabaco más reconocidas del mundo, se opuso al registro de la marca figurativa MANCHESTER UNITED KINGDOM, alegando la extraordinaria reputación de MARLBORO en toda la Unión Europea. Los productos eran idénticos. La reputación, indiscutida. Incluso existía cierta coincidencia tipográfica y en la letra inicial. Sobre el papel, un caso complicado.

El resultado: victoria total para el cliente de Lerroux.

La reputación amplía la protección, pero no la convierte en un monopolio absoluto sobre estilos tipográficos, estéticas o letras iniciales.

¿ Por qué este caso importa para cualquier empresa que quiera registrar su marca ?

Es una excelente noticia para marcas con fuerte identidad propia, clubes deportivos o entidades geográficas.

Este asunto no es solo una anécdota jurídica: es una lección estratégica para cualquier compañía, club, institución o emprendedor que se enfrente a la oposición de una marca con gran notoriedad o a una situación compleja.

La EUIPO confirmó, con los argumentos de Lerroux, tres principios que este despacho aplica sistemáticamente en la defensa de sus clientes:

  1. La identidad propia siempre pesa más que el parecido superficial. Compartir una letra inicial o un estilo tipográfico no convierte a dos marcas en confundibles. Lo decisivo es la impresión de conjunto: la fuerza denominativa, geográfica y conceptual de MANCHESTER UNITED KINGDOM resultó suficiente para diferenciarse claramente de MARLBORO.
  2. La reputación no es un derecho de veto universal. El artículo 8(5) EUTMR protege a las marcas famosas frente al aprovechamiento indebido, pero exige demostrar un vínculo real en la mente del consumidor. El equipo de Lerroux construyó una defensa centrada precisamente en desmontar esa presunción de vínculo automático que muchas marcas reputadas dan por hecha.
  3. Cada caso se gana con estrategia, no con inercia. Frente al peso de una de las tabacaleras más grandes del mundo, la clave no fue negar la fama de MARLBORO, sino demostrar, con rigor técnico, que esa fama no se traducía en un derecho a bloquear el registro de un signo suficientemente distinto.

La experiencia de Lerroux, al servicio de las marcas

Lerroux lleva años defendiendo a empresas, marcas emergentes, instituciones y titulares de derechos. Sabe que enfrentarse a una marca reputada puede parecer una batalla desigual y sabe también que defender la reputación de una gran empresa tiene una delgada linea que evita ser percibida como avasalladora pero la experiencia demuestra que con los argumentos jurídicos correctos, es una batalla que se puede —y se debe— ganar.

Su equipo de propiedad industrial combina:

· Conocimiento profundo de la jurisprudencia, para este caso de la EUIPO y su evolución más reciente.

· Capacidad de análisis para establecer estrategias.

· Una estrategia de defensa adaptada a cada cliente, sin fórmulas genéricas.

· Resultados contrastados en demandas y en procedimientos de oposición de alta complejidad.

¿Su marca se enfrenta a una situación complicada ?

Más información:

www.lerroux.com